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Comenzaron las obras de Asfalto en la Ruta Capilla del Señor –
Robles
El 22 de julio y con la buena predisposición del clima se comenzaron
las obras de asfalto en la Ruta Capilla- Robles.
Las obras en la Ruta, que favorecerá la circulación de quienes
transitan desde Capilla del Señor hacia Parada Robles y viceversa,
ya posee 1200 mtrs de estabilizado granular y hoy se comenzaron las
obras de asfalto, además los trabajos de movimientos de suelo siguen
realizándose para avanzar en el asfalto de la Ruta.
Es importante destacar que los atrasos en la construcción se han
dado específicamente por las condiciones climáticas, dado que las
máquinas para asfalto se encontraban en el obrador de la empresa
desde el lunes 19.
Llamado a Licitación de la Autopista Nacional Nº8 Pilar-Pergamino
La
Presidente Dra. Cristina Fernandez de Kirchner anunció el 20 de
julio en el Salón “Mujeres Argentinas” el llamado a licitación de
Obras para la transformación de la Autopista de la Ruta Nacional Nº
8 que une el Partido de Pilar con el Partido de Pergamino.
Se encontraban presentes en el acto realizado en Casa de Gobierno,
acompañando a la Sra Presidente de la Nación, el Ministro de
Planificación Federal, Arq. Julio De Vido; y el Secretario de Obras
Públicas, el Ing. José López; el Sr Intendente Municipal, en
funciones debido al pedido de licencia del Dr. Horacio Errazu, Jorge
Etcheverry; el Secretario de Obras Públicas, Guillermo Flores, y los
Intendentes de los Distritos afectados por el Corredor de la Ruta Nº
8.
El monto total de las obras a licitar es de $1.600 millones y serán
destinados a la reconversion de la Ruta Nº 8 en 170 km de su
trazado. Este programa permitirá adelantar 5 años la finalización de
los trabajos con respecto al plan de tareas de la consesion
rescindida recientemente. Además con la incorporación de la
Autopista Pilar- Pergamino al Corredor Vial Nº 8 los peajes del
tramo para automoviles se redujeron a $2, lo que implica una
disminución de hasta 56% de la tarifa abonada por los mas de 1
millón y medio de vehiculos que la cruzan por año. Esta reducción
del 56% en los costos del peaje se debe a que la empresa
consesionaria sólo debe realizar las obras de mantenimiento y
conservación del sector, mientras que el estado financia las obras
de aumento de capacidad. Een cuanto a las tarifas para los usuarios
locales bajaron 50%.
El llamado a licitación de las obras para la finalización del
Corredor de la Ruta Nº8. En el tramo concerniente a Exaltación de la
Cruz, Tramo 1-B de 8,4 km entre Capilla del Señor y Parada Robles,
se inicia el llamado a licitación para agosto de 2010, al igual que
el resto de los Tramos de la Autopista.
En el marco de la concesión, el consorcio concesionario del corredor
vial deberà iniciar a las siguientes obras de emergencia y seguridad
vial tales como la remodelacion y ampliacion del intercambiador de
transito en el kilometro 57, pasarelas peatonales en el Barrio
Químicos y San Antonio de Areco, la rotonda de la Ruta Provincial Nº
41, la pavimentación e iluminación en el acceso a los Barrios El
Jagüel y San Carlos de Pilar, las obras de seguridad en accesos a
Capitan Sarmiento y la intersección canalizada en el acceso al
Parque Industrial Arrecifes.
Se inician las obras de Saneamiento Hídrico en el Barrio
Parque Exaltación
y
en la 6ta serie del Barrio El Remanso.

La Secretaría de Obras Públicas anunció que han
comenzado las obras hidráulicas en el Parque Exaltación
y el Barrio El Remanso. La misma implica la canalización
y alcantarillado desde el Corredor de la Ruta 8 hasta la
Ruta 39. El primer paso implica el movimiento de suelos
en las zonas afectadas.
Se construirá una celda de 1 km de hormigón que absorberá el
agua de las lluvias que actualmente queda estancada en los
Barrios mencionados y provoca inundaciones en la zona. El
alcantarillado permitirá el desagote del agua de lluvia
desviándola a sus canales naturales.
Esta obra se realiza con una inversión aproximada de
$9.000.000 (nueve millones de pesos) financiada por el
Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos
Aires a cargo de la Arquitecta Cristina Álvarez Rodríguez.
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Ordenanza Nº 077/08 - Cerramiento Barrio
Parque Exaltación |
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El Honorable Concejo Deliberante de
Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son
propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Desaféctase parcialmente del uso
publico, un espacio de las calles publicas ubicadas es Bº Parque
Exaltación denominas Río Lujan, Río Quequén y Río Paraná, bajo
las condiciones establecidas en la presente Ordenanza.
Artículo 2°: La medida a desafectar de las
calles mencionadas en el Articulo 1º, será la determinada por
la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y
Catastro, y no podrá superar la dimensión necesaria para el
emplazamiento de un alambrado perimetral, ni el mismo será
ubicado mas allá de la mitad del ancho de las calzadas en toda
su extensión
Artículo 3°: Concédase a favor de la “Sociedad
de Fomento Parque Exaltación”, el permiso de uso de las calzadas
que resulten de la medición conforme en el Articulo 2º, quedando
autorizada para emplazar sobre misma, a su costo, un alambrado
perimetral divisorio.
Artículo 4°: Previo al emplazamiento del
alambrado perimetral, el Departamento Ejecutivo deberá prever la
conformidad de los vecinos linderos, a quienes pueda afectar la
reducción de las calzadas.
Artículo 5°: Concédese a favor de la “Sociedad
de Fomento Parque Exaltación”, el permiso de uso de la parte
central del boulevard Cañada de la Cruz, quedando autorizada
para emplazar sobre la misma, a su costo, una portería de acceso
al Barrio.
Artículo 6°: La Sociedad de Fomento Deberá
adoptar que la división de calles, interna y externa al
alambrado, garanticen la libre circulación de los vecinos del
Barrio, linderos y terceros y el libre acceso de los mismos al
Barrio por la entrada de la portería a construirse.
Artículo 7°: La Sociedad de Fomento, su
integrantes, asociados y colaboradores, no tendrán derecho a
percibir ningún tipo de compensación por gastos, horarios u otro
conceptos, para el supuesto que el alambrado perimetral y
portería deba ser retirado cualquiera sea la causa que motive su
remoción.
Artículo 8°: La presente Ordenanza no
modificará, ni producirá novación sobre las obligaciones
tributarias de los contribuyentes con frente a las calles por
las cuales se emplace el alambrado perimetral, como su forma de
cálculo. Cualquier cuestión que se suscite en orden al presente
artículo, dará derecho a la Municipalidad a solicitar la
remoción de los alambrados y/o portería.
Artículo 9°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de
Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de
Diciembre de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 077/08.
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