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Guia de Trámites

 

Comenzaron las obras de Asfalto en la Ruta Capilla del Señor – Robles

El 22 de julio y con la buena predisposición del clima se comenzaron las obras de asfalto en la Ruta Capilla- Robles.
Las obras en la Ruta, que favorecerá la circulación de quienes transitan desde Capilla del Señor hacia Parada Robles  y viceversa, ya posee 1200 mtrs de estabilizado granular y hoy se comenzaron las obras de asfalto, además los trabajos de movimientos de suelo siguen realizándose para avanzar en el asfalto de la Ruta.
Es importante destacar que los atrasos en la construcción se han dado específicamente por las condiciones climáticas, dado que las máquinas para asfalto se encontraban en el obrador de la empresa desde el lunes 19.


Llamado a Licitación de la Autopista Nacional Nº8 Pilar-Pergamino

 

La Presidente Dra. Cristina Fernandez de Kirchner anunció el 20 de julio en el Salón “Mujeres Argentinas” el llamado a licitación de Obras para la transformación de la Autopista de la Ruta Nacional Nº 8 que une el Partido de Pilar con el Partido de Pergamino.
Se encontraban presentes en el acto realizado en Casa de Gobierno, acompañando a la Sra Presidente de la Nación, el Ministro de Planificación Federal, Arq. Julio De Vido; y el Secretario de Obras Públicas, el Ing. José López; el Sr Intendente Municipal, en funciones debido al pedido de licencia del Dr. Horacio Errazu, Jorge Etcheverry; el Secretario de Obras Públicas, Guillermo Flores, y los Intendentes de los Distritos afectados por el Corredor de la Ruta Nº 8.
El monto total de las obras a licitar es de $1.600 millones y serán destinados a la reconversion de la Ruta Nº 8 en 170 km de su trazado. Este programa permitirá adelantar 5 años la finalización de los trabajos con respecto al plan de tareas de la consesion rescindida recientemente. Además con la incorporación de la Autopista Pilar- Pergamino al Corredor Vial Nº 8 los peajes del tramo para automoviles se redujeron a $2, lo que implica una disminución de hasta 56% de la tarifa abonada por los mas de 1 millón y medio de vehiculos que la cruzan por año. Esta reducción del 56% en los costos del peaje se debe a que la empresa consesionaria sólo debe realizar las obras de mantenimiento y conservación del sector, mientras que el estado financia las obras de aumento de capacidad. Een cuanto a las tarifas para los usuarios locales bajaron 50%.
El llamado a licitación de las obras para la finalización del Corredor de la Ruta Nº8. En el tramo concerniente a Exaltación de la Cruz, Tramo 1-B de 8,4 km entre Capilla del Señor y Parada Robles, se inicia el llamado a licitación para agosto de 2010, al igual que el resto de los Tramos de la Autopista.
En el marco de la concesión, el consorcio concesionario del corredor vial deberà iniciar a las siguientes obras de emergencia y seguridad vial tales como la remodelacion y ampliacion del intercambiador de transito en el kilometro 57, pasarelas peatonales en el Barrio Químicos y San Antonio de Areco, la rotonda de la Ruta Provincial Nº 41, la pavimentación e iluminación en el acceso a los Barrios El Jagüel y San Carlos de Pilar, las obras de seguridad en accesos a Capitan Sarmiento y la intersección  canalizada en el acceso al Parque Industrial Arrecifes.


 

Se inician las obras de Saneamiento Hídrico en el Barrio Parque Exaltación

 y en la 6ta serie del Barrio El Remanso.

 

La Secretaría de Obras Públicas anunció que han comenzado las obras hidráulicas en el Parque Exaltación y el Barrio El Remanso. La misma implica la canalización y alcantarillado desde el Corredor de la Ruta 8 hasta la Ruta 39. El primer paso implica el movimiento de suelos en las zonas afectadas.

Se construirá una celda de 1 km de hormigón que absorberá el agua de las lluvias que actualmente queda estancada en los Barrios mencionados y provoca inundaciones en la zona. El alcantarillado  permitirá el desagote del agua de lluvia desviándola a sus canales naturales.
Esta obra se realiza con una inversión aproximada de $9.000.000 (nueve millones de pesos) financiada por el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires a cargo de la Arquitecta Cristina Álvarez Rodríguez.
 

 

Ordenanza Nº 077/08 - Cerramiento Barrio Parque Exaltación

   

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

Artículo 1°:  Desaféctase parcialmente del uso publico, un espacio de las calles publicas ubicadas es Bº Parque Exaltación denominas Río Lujan, Río Quequén y Río Paraná, bajo las condiciones establecidas en la presente Ordenanza.

Artículo 2°: La medida a desafectar de las calles mencionadas en el  Articulo 1º, será la determinada por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y Catastro, y no podrá superar la dimensión necesaria para el emplazamiento de un alambrado perimetral, ni el mismo será ubicado mas allá de la mitad del ancho de las calzadas en toda su extensión

Artículo 3°: Concédase a favor de la “Sociedad de Fomento Parque Exaltación”, el permiso de uso de las calzadas que resulten de la medición conforme en el Articulo 2º, quedando autorizada para emplazar sobre misma, a su costo, un alambrado perimetral divisorio.

Artículo 4°: Previo al emplazamiento del alambrado perimetral, el Departamento Ejecutivo deberá prever la conformidad de los vecinos linderos, a quienes pueda afectar la reducción de las calzadas.

Artículo 5°: Concédese a favor de la “Sociedad de Fomento Parque Exaltación”, el permiso de uso de la parte central del boulevard Cañada de la Cruz, quedando autorizada para emplazar sobre la misma, a su costo, una portería de acceso al Barrio.

Artículo 6°: La Sociedad de Fomento Deberá adoptar que la división de calles, interna y externa al alambrado, garanticen la libre circulación de los vecinos del Barrio, linderos y terceros y el libre acceso de los mismos al Barrio por la entrada de la portería a construirse.

Artículo 7°: La Sociedad de Fomento, su integrantes, asociados y colaboradores, no tendrán derecho a percibir ningún tipo de compensación por gastos, horarios u otro conceptos, para el supuesto que el alambrado perimetral y portería deba ser retirado cualquiera sea la causa que motive su remoción.

Artículo 8°: La presente Ordenanza no modificará, ni producirá novación sobre las obligaciones tributarias de los contribuyentes con frente a las calles por las cuales se emplace el alambrado perimetral, como su forma de cálculo. Cualquier cuestión que se suscite en orden al presente artículo, dará derecho a la Municipalidad a solicitar la remoción de los alambrados y/o portería.

Artículo 9°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Diciembre de dos mil ocho.
 

Registrada Bajo el N° 077/08.

 

 

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